La reciente sanción de la Ley 27.742 trajo consigo un cambio profundo en el régimen de sanciones laborales argentino: la derogación de las llamadas “multas laborales” que operaban como mecanismos disuasivos para prevenir conductas como el trabajo no registrado o las infracciones formales. Esta modificación no solo altera el mapa de riesgos para los empleadores, sino que reabre el debate sobre la función de la disuasión en el derecho laboral y la aplicación temporal de las leyes.
¿Qué dice la Ley 27.742?
La Ley 27.742, conocida como “Ley de Bases” o “Ley Ómnibus”, derogó expresamente varios artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y de la Ley Nacional de Empleo que establecían multas automáticas para el empleador en casos de omisiones registrales o incumplimientos formales. Entre las más conocidas se encontraban las multas previstas en los artículos 15, 24, 29 y 80 de la LCT, así como la del artículo 9° de la Ley 24.013, que establecía una indemnización agravada por falta de registro. Con la derogación, estas sanciones desaparecen, dejando lugar a las indemnizaciones ordinarias y a eventuales sanciones administrativas.
El derecho a la disuasión: ¿un principio en retirada?
El derecho del trabajo históricamente ha incluido sanciones disuasivas como herramienta para forzar el cumplimiento de las normas protectorias. La idea era que el costo de la sanción fuera tan elevado que desalentara la conducta ilícita. Con la eliminación de estas multas, el esquema pierde su componente punitivo y se acerca a un modelo resarcitorio puro. Esto genera interrogantes: ¿se incentivarán más las conductas evasivas? ¿El trabajador quedará en una situación de mayor vulnerabilidad? Por otro lado, algunos sostienen que las multas eran desproporcionadas y generaban un clima de litigiosidad innecesaria, por lo que su derogación puede aliviar la carga sobre las pequeñas y medianas empresas.
Aplicación temporal de la ley: ¿efectos retroactivos o a futuro?
Una de las cuestiones más debatidas es la aplicación temporal de la derogación. Según el principio general del artículo 7° del Código Civil y Comercial, las leyes no tienen efecto retroactivo a menos que sean de orden público o se disponga expresamente. La Ley 27.742 no establece una cláusula de retroactividad, por lo que las multas por incumplimientos ocurridos antes de su vigencia seguirían siendo exigibles. Sin embargo, la jurisprudencia y la doctrina discuten si la derogación puede aplicarse a procesos judiciales en curso o a situaciones aún no juzgadas. En ese sentido, algunos tribunales ya han comenzado a fallar en favor de la aplicación inmediata, argumentando que se trata de una norma de orden público económico.
Contexto de la reforma
Esta reforma se inscribe en un paquete más amplio de desregulación y flexibilización laboral impulsado por el gobierno. El argumento oficial es que las multas laborales encarecían el costo del trabajo formal y fomentaban la litigiosidad. En su lugar, se confía en los mecanismos de control estatal y en las indemnizaciones ordinarias para reparar los daños. Sin embargo, sectores sindicales y de la doctrina laboralista advierten que se pierde un elemento clave de disuasión que protegía a los trabajadores más vulnerables. El debate no es menor: las multas laborales habían sido consideradas por la Corte Suprema como parte del mínimo inderogable de derechos, y su eliminación podría ser cuestionada constitucionalmente.
Conclusión: un nuevo escenario para empleadores y trabajadores
La derogación de las multas laborales marca un antes y un después en el derecho laboral argentino. Para los empleadores, supone una reducción del riesgo de condenas siderales, pero no elimina la obligación de cumplir con las normas registrales, ya que subsisten las indemnizaciones ordinarias y las sanciones administrativas. Para los trabajadores, el cambio puede implicar una menor protección frente a prácticas abusivas. En cualquier caso, la aplicación temporal de la ley generará una transición compleja, en la que los casos en curso deberán ser analizados cuidadosamente a la luz de la nueva normativa. Como siempre, el asesoramiento legal especializado será clave para navegar este nuevo panorama.
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